INFORMACIÓN SOBRE LICENCIA
Los Programas que se enumeran a continuación se licencian
bajo los siguientes términos y condiciones de Licencia, además
de los términos de licencia del Programa acordados previamente
entre el Cliente e IBM. Si el Cliente no ha aceptado con
anterioridad los términos de la licencia aplicables al Programa, se
aplicará Acuerdo Internacional de Licencia para Programas sin
Garantía (Z125-5589-05).
Nombre de Programa (Número de Programa):
IBM WebSphere Application Server Developer Tools for
Eclipse 17.0.0.4 (Tool)
Los términos estándar siguientes se aplican al uso por
parte del Licenciatario del Programa.
Usos prohibidos
El Licenciatario no puede utilizar ni autorizar a terceros
para utilizar el Programa, ni de forma independiente ni en
combinación con otros servicios o productos, para dar soporte a las
siguientes actividades de alto riesgo: diseño, construcción, control o
mantenimiento de instalaciones nucleares, sistemas de transporte público,
sistemas de control de tráfico aéreo, sistemas de control de
automoción, sistemas de armas o navegación o comunicaciones aéreas, o
cualquier otra actividad en la que el fallo de un programa podría
causar una amenaza de muerte o graves daños físicos.
Las unidades de medida siguientes se aplican al uso por
parte del Licenciatario del Programa.
Usuario Autorizado
Usuario Autorizado es una unidad de medida por la que se
puede licenciar el Programa. Un Usuario Autorizado es una persona
única a la que se otorga el acceso al Programa. El Programa se
puede instalar en varios sistemas o servidores y cada Usuario
Autorizado puede tener acceso simultáneo a todas las instancias del
Programa a la vez. El Licenciatario debe disponer de autorizaciones
para cada uno de los Usuarios Autorizados con acceso al Programa
de cualquier forma, directa o indirectamente (por ejemplo, a
través de un programa multiplexor, dispositivo o un servidor de
aplicaciones) mediante cualquier medio. Una autorización para un Usuario
Autorizado es única para dicho Usuario Autorizado y no se puede
compartir ni se puede volver a asignar salvo en la transición
permanente de la autorización del Usuario Autorizado a otra persona.
L/N: L-YXIO-AQXQN9
D/N: L-YXIO-AQXQN9
P/N: L-YXIO-AQXQN9
Acuerdo Internacional de Licencia para Programas sin
Garantía
Parte 1 - Condiciones Generales
EL LICENCIATARIO ACEPTA LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO
MEDIANTE LA DESCARGA, INSTALACIÓN, COPIA, ACCESO, PULSANDO EL BOTÓN
"ACEPTAR" O MEDIANTE CUALQUIER TIPO DE UTILIZACIÓN DEL PROGRAMA. SI
EL CLIENTE ACEPTA ESTOS TÉRMINOS EN NOMBRE DEL LICENCIATARIO,
EL CLIENTE DECLARA Y GARANTIZA QUE TIENE PLENA AUTORIDAD PARA
OBLIGAR AL LICENCIATARIO A CUMPLIR DICHOS TÉRMINOS. SI NO ACEPTA
ESTOS TÉRMINOS,
* DESCARGAR, INSTALAR, COPIAR, ACCEDER, PULSAR EL BOTÓN
"ACEPTAR" NI USAR EL PROGRAMA; Y DEBERÁ
* DEVOLVER INMEDIATAMENTE LOS MEDIOS NO UTILIZADOS Y LA
DOCUMENTACIÓN A LA ENTIDAD A LA CUAL LOS ADQUIRIÓ PARA EL REEMBOLSO DEL
IMPORTE PAGADO. SI EL PROGRAMA FUE DESCARGADO, DEBERÁN DESTRUIRSE
TODAS LAS COPIAS DEL PROGRAMA.
1. Definiciones
"Uso Autorizado" - es el nivel especificado para el cual el
Licenciatario está autorizado para ejecutar o hacer funcionar el
Programa. Dicho nivel puede medirse por el número de usuarios,
millones de unidades de servicio ("MSUs"), Unidades de Valor de
Procesador (Processor Value Units o "PVUs"), u otro nivel de uso
especificado por IBM.
"IBM" - International Business Machines Corporation o una
de sus subsidiarias.
"Información sobre Licencia" ("LI") - es un documento que
proporciona información y cualquier término adicional específico para
un Programa. La LI del Programa está disponible en www.ibm.
com/software/sla. También puede encontrar la LI en el directorio del
Programa, mediante el uso de un mandato del sistema, o como un
folleto informativo incluido en el Programa.
"Programa" - es lo siguiente, incluyendo el original y
cualquier copia total o parcial de: 1) instrucciones y datos legibles
por máquina, 2) componentes, archivos y módulos, 3) contenido
audiovisual (como imágenes, texto, grabaciones o dibujos), y 4)
materiales bajo licencia relacionados (como claves y documentación).
2. Estructura del Acuerdo
Este Acuerdo incluye la Parte 1 - Condiciones Generales,
Parte 2 - Condiciones exclusivas para cada país (si las hubiera)
y la Información sobre Licencia que constituyen el acuerdo
completo entre el Licenciatario e IBM en relación al uso del
Programa. Sustituye a cualquier comunicación oral o escrita anterior
entre las partes en relación al uso del Programa por parte del
Licenciatario. Los términos de la Parte 2 pueden sustituir o modificar los
términos de la Parte 1. En el supuesto de cualquier conflicto, los
términos de la LI prevalecen sobre los de ambas Partes.
3. Licencia
El Programa es propiedad de IBM o de un distribuidor de IBM
y está sujeto a derechos de autor y se otorga bajo licencia,
no se vende.
IBM le concede al Licenciatario una licencia no exclusiva
para 1) utilizar el Programa según los términos establecidos en
el Uso Autorizado especificado en la factura, 2) realizar e
instalar copias que respalden dicho Uso Autorizado, y 3) realizar
una copia de seguridad, todo ello siempre y cuando:
a. el Licenciatario haya obtenido el Programa de forma
legítima y cumpla los términos de este Acuerdo;
b. la copia de seguridad no se ejecute a menos que el
Programa del que se haya realizado la copia no pueda ejecutarse;
c. el Licenciatario reproduzca todas las notificaciones de
copyright y otros distintivos de titularidad en cada copia, o copia
parcial del Programa;
d. el Licenciatario se asegure de que cualquier persona que
utilice el Programa (tanto si accede localmente o de forma remota):
1) lo hace únicamente en nombre del Licenciatario, y 2) cumple
los términos de este Acuerdo;
e. el Licenciatario no podrá 1) utilizar, copiar, modificar
ni distribuir el Programa excepto del modo permitido
expresamente en este Acuerdo; 2) desensamblar, descompilar, traducir de
otro modo o realizar técnicas de ingeniería inversa en el
Programa, excepto en la medida permitida expresamente por ley sin
posibilidad de renuncia contractual; 3) utilizar cualquiera de los
componentes, archivos, módulos, contenido audiovisual del Programa, o
materiales bajo licencia relacionados, de forma separada de dicho
Programa; o 4) sublicenciar, alquilar o arrendar el Programa; y
f. si el Licenciatario obtiene este Programa como un
Programa de Soporte, el Licenciatario utilizará el Programa
únicamente como soporte del Programa Principal y sujeto a cualquier
limitación de la licencia del Programa Principal, o, si el
Licenciatario obtiene este Programa como Programa Principal, el
Licenciatario utilizará todos los Programas de Soporte únicamente como
soporte de este Programa y sujetos a cualquier limitación
establecida en este Acuerdo. A los efectos de este apartado "f," un
"Programa de Soporte" es un Programa que forma parte de otro Programa
de IBM ("Programa Principal") y se identifica como Programa de
Soporte en la LI del Programa Principal. Para obtener una licencia
independiente para un Programa de Soporte sin estas restricciones, el
Licenciatario debe ponerse en contacto con la parte a la cual adquirió el
Programa de Soporte.
Esta licencia se aplica a cada copia del Programa que
realice el Licenciatario.
3.1 Actualizaciones, Mejoras, Correcciones y Parches
3.1.1 Actualizaciones
Si se sustituye el Programa por una actualización, la
licencia del Programa sustituido se rescindirá inmediatamente.
3.1.2 Mejoras, Correcciones y Parches
En el caso en que el Licenciatario reciba una mejora,
corrección o parche para un Programa, el Licenciatario acepta
cualquier término adicional o diferente que sea aplicable a dicha
mejora, corrección o parche que esté especificada en su LI. Si no
se proporcionan términos adicionales o diferentes, la mejora,
corrección o parche estará sujeto únicamente a este Acuerdo. Si el
Programa se sustituye por una mejora, el Licenciatario acuerda
interrumpir inmediatamente el uso del Programa sustituido.
3.2 Licencias a Plazo Fijo
Si IBM otorga el Programa bajo licencia durante un plazo
determinado, la licencia del Licenciatario terminará al final del plazo
determinado, a menos que el Licenciatario e IBM acuerden su renovación.
3.3 Vigencia y Terminación
Los términos de este Acuerdo son efectivos hasta su
terminación.
IBM puede terminar la licencia del Licenciatario en caso
que éste incumpla los términos de este Acuerdo.
En el caso en que cualquiera de las partes termine la
licencia por cualquier causa, el Licenciatario acuerda interrumpir
el uso inmediatamente y destruir todas sus copias del
Programa. Cualquier término de este Acuerdo que por su carácter tenga
una vigencia superior a la terminación del Acuerdo permanecerá
en vigor hasta su cumplimiento y se aplicará a los sucesores y
cesionarios respectivos de ambas partes.
4. Cargos
Los Cargos, si los hubiera, se basan en el Uso Autorizado
obtenido, que se especifica en la factura. IBM no ofrece créditos o
reembolsos para cargos ya devengados o pagados, a no ser que se
especifique de otra manera en este Acuerdo.
Si el Licenciatario desea aumentar su Uso Autorizado, el
Licenciatario deberá notificarlo con antelación a IBM o a un distribuidor
autorizado de IBM y pagar cualquier cargo aplicable.
5. Impuestos
Si cualquier autoridad impone una tasa, impuesto, gravamen
o cargo al Programa, con exclusión de aquellos impuestos
relativos al beneficio neto empresarial de IBM, el Licenciatario
acuerda pagar las cantidades correspondientes a dichos conceptos,
tal y como se especifique en una factura, o presentará la
documentación justificante de estar exento de los mismos. El
Licenciatario es responsable de cualquier impuesto que grave la propiedad
del Programa desde la fecha en la que el Licenciatario obtuvo
el Programa. Si cualquier autoridad impone una tasa, impuesto,
gravamen o cargo por la importación o exportación, traspaso, acceso
o uso del Programa fuera del país en el que se otorgó la
licencia al Licenciatario, el Licenciatario acuerda ser responsable
de, y pagar, cualquier cantidad impuesta.
6. Garantía de Devolución
Si el Licenciatario no está satisfecho con el Programa por
cualquier motivo y es el Licenciatario original, el Licenciatario
puede terminar la licencia y obtener el reembolso del importe que
ha pagado por el Programa, si lo hubiera, siempre y cuando el
Licenciatario devuelva el Programa a la parte a la cual adquirió el
Programa dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha de la
factura. Si la licencia es de plazo fijo y está sujeta a renovación,
el Licenciatario podrá obtener un reembolso únicamente si
devuelve el Programa dentro de los primeros 30 días del plazo
inicial. Si el Licenciatario descargó el Programa, el Licenciatario
deberá ponerse en contacto con la parte a la cual adquirió el
Programa para recibir instrucciones sobre cómo obtener el reembolso.
7. Transferencia del Programa
El Licenciatario puede transferir el Programa y todos sus
derechos de licencia y obligaciones a cualquier tercero únicamente
si dicha parte acepta los términos de este Acuerdo. Si
cualquiera de las partes termina la licencia por cualquier motivo, se
prohíbe que el Licenciatario transfiera el Programa a un tercero.
El Licenciatario no transferirá una parte: 1) del Programa, o
2) del Uso Autorizado del Programa. Cuando el Licenciatario
transfiere el Programa, deberá transferir también una copia impresa de
este Acuerdo, incluyendo la LI. Después de la transferencia, se
considera terminada la licencia del Licenciatario.
8. Sin garantías
SUJETO A CUALQUIER GARANTÍA ESTATUTARIA QUE NO PUDIERA
EXCLUIRSE, IBM NO OFRECE NINGUNA GARANTÍA NI CONDICIÓN, NI EXPLÍCITA
NI IMPLÍCITA, EN RELACIÓN CON EL PROGRAMA O EL SOPORTE, SI
EXISTIERA, INCLUIDAS PERO SIN LIMITARSE A, LAS GARANTÍAS O CONDICIONES
IMPLÍCITAS DE COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD SATISFACTORIA, IDONEIDAD PARA
UNA FINALIDAD CONCRETA Y TITULARIDAD, Y CUALQUIER GARANTÍA O
CONDICIÓN DE NO INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE TERCEROS.
LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS EXPLÍCITAS O IMPLÍCITAS PUEDE NO
ESTAR PERMITIDA POR ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES Y, POR
TANTO, PUEDE QUE DICHA EXCLUSIÓN NO SEA APLICABLE AL
LICENCIATARIO. EN TAL CASO, LA DURACIÓN DE DICHAS GARANTÍAS SE LIMITA AL
PERIODO MÍNIMO QUE EXIJA LA LEGISLACIÓN. NO SE APLICARÁ NINGUNA
GARANTÍA DESPUÉS DE ESE PERÍODO. ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES NO
PERMITEN LIMITACIONES EN CUANTO A LA DURACIÓN DE UNA GARANTÍA
IMPLÍCITA, POR LO PUEDE QUE LA LIMITACIÓN ANTERIOR NO SEA APLICABLE AL
LICENCIATARIO. EL LICENCIATARIO PUEDE CONTAR CON OTROS DERECHOS QUE VARÍAN
SEGÚN EL ESTADO O LA JURISDICCIÓN.
LAS EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD Y LAS EXCLUSIONES DE ESTA
SECCIÓN 8 TAMBIÉN SE APLICAN A CUALQUIER PROVEEDOR O DESARROLLADOR
DE PROGRAMAS DE IBM.
LOS FABRICANTES, LOS PROVEEDORES Y LOS EDITORES DE
PROGRAMAS NO IBM PUEDEN OFRECER SUS PROPIAS GARANTÍAS.
IBM NO OFRECE SOPORTE DE NINGÚN TIPO, SALVO QUE IBM
ESPECIFIQUE LO CONTRARIO. EN ESE CASO, CUALQUIER SOPORTE QUE OFREZCA
IBM ESTÁ SUJETO A LAS EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD Y A LAS
EXCLUSIONES DE ESTA SECCIÓN 8.
9. Datos y Bases de Datos del Licenciatario
Para ayudar al Licenciatario a aislar el origen de un
problema con el Programa, IBM podrá solicitar que el Licenciatario:
1) permita que IBM acceda de forma remota al sistema del
Licenciatario, o 2) envíe información sobre el Licenciatario o datos del
sistema a IBM. No obstante, IBM no está obligada a proporcionar
dicha asistencia a menos que las Partes tengan un acuerdo,
independiente y por escrito, mediante el cual IBM proporcione al
Licenciatario dicho tipo de soporte que no está incluido en las
obligaciones de IBM en este Acuerdo. En cualquier caso, IBM utilizará la
información sobre errores y problemas para mejorar sus productos y
servicios así como para prestar asistencia con su oferta de servicios
de mantenimiento relacionados. Con esa finalidad, IBM podrá
utilizar a subcontratistas y Empresas IBM (incluyendo en uno o más
países distintos del país en el que se encuentra el Licenciatario)
y el Licenciatario autoriza a IBM para ello.
El Licenciatario permanecerá responsable de: 1) los datos y
contenidos de cualquier base de datos que el Licenciatario ponga a
disposición de IBM, 2) la selección y la implementación de los
procedimientos y controles relacionados con el acceso, seguridad,
encriptación, uso y transmisión de los datos (incluyendo cualquier dato
personal que pueda identificarse), y 3) las copias de seguridad y la
recuperación de cualquier base de datos y de cualquier dato almacenado.
El Licenciatario no enviará a IBM ni le permitirá acceso a
datos personales y permanecerá responsable por cualquier coste
razonable u otras cantidades que IBM tenga que hacer frente en
relación a cualquier información equivocadamente suministrada a IBM,
o a la pérdida o revelación de la misma por IBM, incluso las
originadas de reclamaciones de terceros.
10. Limitación de Responsabilidad
Las limitaciones y exclusiones de esta Cláusula 10
"Limitación de Responsabilidad" se aplicarán en la medida en que no las
prohíba la legislación aplicable sin la posibilidad de una renuncia
contractual.
10.1 Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable
Pueden surgir circunstancias en las cuales, debido a un
incumplimiento de IBM de sus obligaciones contractuales u otra
responsabilidad, el Licenciatario tuviera derecho a reclamar daños a IBM.
Independientemente de las razones por las que el Licenciatario tenga derecho a
reclamar daños a IBM (incluyendo un incumplimiento, negligencia,
falsedad u otra reclamación contractual o extracontractual), la
responsabilidad de IBM por todas las reclamaciones que surjan de, en
relación con, cada Programa o que de otra manera surjan en relación
con este Acuerdo estará limitada únicamente a: 1) los daños
físicos a las personas (incluyendo la muerte) y daños a las
propiedades, y 2) otros daños directos probados hasta el importe de los
cargos (si el Programa está sujeto a cargos de plazo determinado,
hasta el importe de los cargos de doce meses) que ha pagado el
Licenciatario por el Programa que sea objeto de la reclamación.
Este límite se aplica también a cualquier proveedor o
desarrollador de Programas de IBM. Es la cantidad máxima por la que IBM y
sus proveedores y desarrolladores de Programas serán
responsables colectivamente.
10.2 Aspectos por los que IBM No Es Responsable
BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, IBM, SUS DESARROLLADORES DE
PROGRAMAS O PROVEEDORES SERÁN RESPONSABLES DE LOS SIGUIENTES CASOS,
INCLUSO EN EL CASO DE QUE HUBIERAN SIDO ADVERTIDOS DE TAL
POSIBILIDAD:
a. PÉRDIDAS DE, O DAÑOS A, LOS DATOS;
b. DAÑOS ESPECIALES, INCIDENTALES, PUNITIVOS, INDIRECTOS O
CUALQUIER DAÑO ECONÓMICO CONSECUENCIAL; O
c. PÉRDIDAS DE BENEFICIOS, NEGOCIO, INGRESOS, PLUSVALÍAS O
ECONOMÍAS PREVISTAS
11. Verificación
A los efectos de esta Cláusula 11 "Verificación", "Términos
del Programa ILAN" significa: 1) este Acuerdo así como los
Anexos aplicables y los documentos transaccionales proporcionados
por IBM, y 2) las políticas de software de IBM que pueden
encontrarse en el sitio web sobre Políticas de Software de IBM (www.ibm.
com/softwarepolicies), incluyendo pero sin limitarse a las políticas relativas a
las copias de seguridad, condiciones para los precios de
subcapacidad y migración.
Los derechos y obligaciones establecidos en esta Cláusula
11 permanecerán vigentes mientras el Licenciatario tenga una
licencia en vigor para el Programa y durante los dos años siguientes.
11.1 Proceso de Verificación
El Licenciatario acuerda crear, conservar y proporcionar a
IBM y a sus auditores registros escritos precisos, salidas de
las herramientas del sistema y otra información sobre el
sistema suficiente para verificar que el uso de todos los Programas
por parte del Licenciatario se realiza conforme a los Términos
del Programa ILAN, incluyendo, sin limitarse, todos los
términos IBM sobre licencias y de calificación de precios
aplicables. El Licenciatario es responsable de: 1) asegurar que no
excede su Uso Autorizado, y 2) actuar de conformidad con los
Términos del Programa ILAN.
Previa notificación con antelación suficiente, IBM podrá
verificar el cumplimiento por parte del Licenciatario de los Términos
del Programa ILAN en todas las ubicaciones y para todos los
entornos en los que el Licenciatario utilice, con cualquier
finalidad, los Programas sujetos a los Términos del Programa ILAN.
Dicha verificación se realizará de manera que se minimice la
interferencia en la operativa de negocio del Licenciatario, en las
instalaciones del Licenciatario, y durante su horario habitual de
trabajo. IBM podrá utilizar a un auditor independiente para ayudar
en la verificación, siempre que IBM tenga firmado, por escrito
y con anterioridad, un acuerdo de confidencialidad con dicho
auditor.
11.2 Resolución
IBM notificará al Licenciatario, por escrito, si conforme a
dicha verificación el Licenciatario ha utilizado cualquier
Programa sobrepasando su Uso Autorizado o no ha cumplido de otro
modo con los Términos del Programa ILAN. El Licenciatario
acuerda pagar, a la mayor brevedad posible, directamente a IBM los
cargos que IBM especifique en una factura por: 1) cualquier uso en
exceso, 2) el soporte por dicho uso en exceso durante el periodo
que se ha realizado dicho uso en exceso o por dos años, lo que
sea menor, y 3) cualquier cargo adicional y cualquier otra
responsabilidad que el Cliente esté obligado a pagar como resultado de
dicha verificación.
12. Avisos de Terceros
El Programa puede incluir código de terceros que IBM, no el
tercero, otorga bajo licencia al Licenciatario en virtud de este
Acuerdo. Los avisos, si los hubiera, para el código de terceros,
("Avisos de Terceros") se incluyen únicamente para información del
Licenciatario. Estos avisos pueden encontrarse en los archivos de avisos
del Programa. Se puede encontrar información sobre cómo obtener
un código fuente para determinados códigos de terceros en los
Avisos de Terceros. Si en los Avisos de Terceros, IBM identifica
el código de terceros como "Código de Terceros Modificable",
IBM autoriza al Licenciatario a: 1) modificar el Código de
Terceros Modificable, y 2) realizar técnicas de ingeniería inversa a
los módulos del Programa que se conectan con el Código de
Terceros Modificable, siempre y cuando su única finalidad sea
depurar las modificaciones realizadas por el Licenciatario a dicho
código de terceros. Las obligaciones de servicio y soporte de IBM,
si las hubiera, se aplican únicamente al Programa sin
modificar.
13. General
a. Nada de lo dispuesto en este Acuerdo afectará a los
derechos de los consumidores establecidos por ley que no puedan ser
cancelados o limitados por contrato.
b. En relación con los Programas que IBM proporciona al
Licenciatario de forma tangible, IBM cumple sus obligaciones de envío y
entrega en el momento en que se entreguen dichos Programas al
transportista designado por IBM, salvo que las partes lo acuerden, por
escrito, de otro modo.
c. Si cualquier disposición de este Acuerdo se declara
inválida o no exigible, las disposiciones restantes de este Acuerdo
permanecerán en vigor.
d. El Licenciatario acuerda cumplir todas las leyes y
normas aplicables sobre exportaciones e importaciones, incluyendo
las normativas sobre sanciones y embargo de EE.UU. y las
prohibiciones de exportaciones para ciertos usos o a determinados
usuarios finales.
e. El Licenciatario autoriza a International Business
Machines Corporation y sus filiales (así como a sus sucesores y
cesionarios, contratistas e IBM Business Partners) para almacenar y
utilizar la información de contacto del Licenciatario, en cualquier
lugar en el que desarrollen su actividad empresarial, en relación
a los productos y servicios de IBM, o como consecuencia de la
relación empresarial de IBM con el Licenciatario.
f. Cada parte dará a la otra la oportunidad razonable de
cumplir sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo antes de
reclamar a la otra por un incumplimiento de sus obligaciones
contractuales. Las partes intentarán resolver de buena fe cualesquiera
controversias, desacuerdos o reclamaciones relacionadas con este Acuerdo.
g. Salvo que se establezca de otra manera en la legislación
aplicable, sin posibilidad de renuncia contractual o limitación: 1)
ninguna de las partes interpondrá acción legal alguna,
independientemente de la forma, relacionada con este Acuerdo transcurridos más
de dos años desde que se produjo su causa; y 2) transcurrido
dicho periodo de tiempo, cualquier acción legal que surgiera en
relación con el Acuerdo, así como todos los respectivos derechos
relacionados con dicha acción, prescribirán.
h. Ninguna de las partes será responsable del
incumplimiento de cualquier obligación debido a causas fuera de control.
i. Este Acuerdo no creará derecho alguno o causa de demanda
para ningún tercero, ni IBM será responsable de las
reclamaciones al Cliente de terceros, salvo por lo especificado en la
Cláusula 10.1 "Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable" en
relación con daños a las personas (incluyendo muerte) y a las
propiedades de las que IBM sea legalmente responsable frente a dichos
terceros.
j. Al aceptar los términos de este Acuerdo, ambas partes
acuerdan que no se están basando en ninguna manifestación que no
esté incluida en este Acuerdo, incluyendo pero sin limitarse a
cualquier manifestación en relación con: 1) el rendimiento o
funcionamiento del Programa, 2) las experiencias o recomendaciones de
otras partes; o 3) cualquier resultado o ahorro que el
Licenciatario pudiera obtener.
k. IBM tiene firmados acuerdos con determinadas
organizaciones (denominadas "IBM Business Partners") para promocionar,
comercializar y dar soporte a ciertos Programas. Los IBM Business
Partners permanecerán independientes y son distintos de IBM. IBM no
se hace responsable de las acciones o declaraciones de los IBM
Business Partners ni de las obligaciones que éstos hayan contraído
con el Licenciatario.
l. Los términos de indemnización de propiedad intelectual y
de licencia de otros acuerdos del Licenciatario con IBM (como
las Condiciones Generales de IBM) no son de aplicación a las
licencias de Programas concedidas en virtud de este Acuerdo.
m. Ambas partes están de acuerdo en que la información
intercambiada no es confidencial. Si alguna de las partes requiriera un
intercambio de información confidencial, dicho intercambio se
realizaría bajo un acuerdo de confidencialidad;
14. Ámbito Geográfico y Legislación Aplicable
14.1 Legislación Aplicable
Ambas partes aceptan la aplicación de las leyes del país en
el que el Licenciatario haya obtenido la licencia del Programa
a fin de regir, interpretar y asegurar el cumplimiento de los
derechos, deberes y obligaciones del Licenciatario y de IBM,
respectivamente, que puedan surgir en virtud de, o que estén de cualquier
manera relacionados con este Acuerdo, a pesar de cualquier posible
conflicto de ley.
No se aplican los términos de la Convención de las Naciones
Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Bienes.
14.2 Jurisdicción
Todos los derechos, deberes y obligaciones están sujetos a
los tribunales del país en el que el Licenciatario haya
obtenido la licencia del Programa.
Parte 2 - Condiciones Exclusivas para cada País
Para las licencias otorgadas en los países especificados a
continuación, los siguientes términos sustituyen o modifican los términos
incluidos en la Parte 1. Todos los términos de la Parte 1 que no sean
modificados por estas enmiendas permanecerán sin cambios y en vigor.
Esta Parte 2 se estructura del siguiente modo:
* Enmiendas para varios países de la Parte 1, Cláusula 14
"Legislación Aplicable y Jurisdicción";
* Enmiendas de otros términos del Acuerdo para los países
de América y
* Enmiendas de otros términos del Acuerdo para los países
de Europa, Oriente Medio y África.
Enmiendas para varios países de la Parte 1, Cláusula 14
"Legislación Aplicable y Jurisdicción"
14.1 Legislación Aplicable
La frase "las leyes del país en el que el Licenciatario
haya obtenido la licencia del Programa" en el primer párrafo de
la Cláusula 14.1 "Legislación Aplicable" se sustituye por las
frases siguientes en los países que figuran a continuación:
AMÉRICA
(1) En México: las leyes federales de la República de
México; y
(2) en Venezuela: las leyes de la República Bolivariana de
Venezuela.
14.2 Jurisdicción
El siguiente párrafo pertenece al apartado de jurisdicción
y sustituye a la Cláusula 14.2 "Jurisdicción" tal y como se
aplica a los países identificados a continuación:
Todos los derechos, deberes y obligaciones están sometidos
a los tribunales del país en el que el Licenciatario haya
obtenido la licencia del Programa excepto en los países
identificados a continuación, en los que todas las disputas que surjan o
se relacionen con este Acuerdo, incluyendo los procedimientos
sumarios, se presentarán ante y se someterán a la jurisdicción
exclusiva de los siguientes tribunales competentes:
AMÉRICA
(1) En Argentina: el Tribunal de Comercio Ordinario de la
ciudad de Buenos Aires;
(2) en Chile: el Juzgado de lo Civil de Santiago;
(3) en Ecuador: los jueces de lo civil de Quito para los
procesos sumarios o ejecutivos (según sea el caso);
(4) en México: los tribunales ubicados en Ciudad de México,
Distrito Federal;
(5) en Perú: en Perú: los jueces y tribunales del distrito
judicial de Lima, Cercado;
(6) en Uruguay: los tribunales de la ciudad de Montevideo;
(7) en Venezuela: los tribunales del área metropolitana de
la ciudad de Caracas; y
EUROPA, ORIENTE MEDIO Y ÁFRICA
(8) en España: los tribunales de Madrid.
APÉNDICES PARA PAÍSES AMERICANOS
PERÚ
10. Limitación de Responsabilidad
Se añade lo siguiente al final de la Cláusula 10
"Limitación de Responsabilidad":
Salvo que la legislación lo requiera expresamente sin
posibilidad de renuncia contractual, el Licenciatario e IBM tienen la
intención de que la limitación de responsabilidad expuesta en esta
cláusula "Limitación de Responsabilidad" se aplique a los daños
causados por todo tipo de reclamaciones y causa de acción. En el
caso que un tribunal competente declare no exigible cualquier
limitación o exclusión de responsabilidad de esta cláusula con
respecto a una reclamación o derecho de iniciar acciones legales
concreto, las partes tienen la intención de que se aplique a todas
las demás reclamaciones y derechos de iniciar acciones legales
hasta el grado máximo que permita la legislación aplicable.
10.1 Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable
Se añade lo siguiente al final de la Cláusula 10.1:
De acuerdo con el Artículo 1328 del Código Civil Peruano,
las limitaciones y exclusiones especificadas en esta sección no
se aplicarán a los daños causados por la mala conducta
deliberada de IBM ("dolo") o negligencia ("culpa inexcusable").
ENMIENDAS PARA LOS PAÍSES DE EUROPA, ORIENTE MEDIO, ÁFRICA
(EMEA)
ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA
8. Sin garantías
Se añade lo siguiente a la Cláusula 8 (Sin garantías):
En la Unión Europea ("EU"), los consumidores tienen
derechos legales en virtud de la legislación nacional aplicable que
rija la venta de bienes de consumo. Tales derechos no se ven
afectados por las disposiciones expuestas en esta Cláusula 8 (Sin
garantías).
ESTADOS MIEMBROS DE LA UE Y LOS PAÍSES IDENTIFICADOS A
CONTINUACIÓN
Cualquier país europeo que haya promulgado legislación
local relativa a privacidad de datos o donde haya una legislación
similar al modelo de la UE.
13. General
Lo siguiente sustituye a la Cláusula 13.e:
(1) Definiciones - A los efectos de esta Cláusula 13.e, se
aplicarán las siguientes definiciones adicionales:
(a) Información Comercial de Contacto - se entenderá como
los datos de contacto relacionados al negocio, revelados a IBM
por el Licenciatario, incluyendo nombres, puestos de trabajo,
dirección profesional, números de teléfono y direcciones de correo
electrónico de los empleados y contratistas del Licenciatario. Para
Austria, Italia y Suiza, la Información Comercial de Contacto
incluye también información sobre el Licenciatario y sus
contratistas como entidades legales (por ejemplo, datos sobre los
ingresos del Licenciatario y otra información transaccional)
(b) Personal Comercial de Contacto - se entenderá como los
empleados y contratistas del Licenciatario a los cuales se
proporciona la Información Comercial de Contacto.
(c) Autoridad de Protección de Datos - se entenderá como la
autoridad establecida por la Legislación de Protección de Datos y
Comunicaciones Electrónicas en el país aplicable o, para los países que no
formen parte de la UE, la autoridad responsable de supervisar la
protección de los datos personales en dichos países o (para cualquiera
de los anteriores) cualquier entidad debidamente designada
para ello con posterioridad.
(d) Legislación de Protección de Datos y Comunicaciones
Electrónicas - (i) la legislación nacional específica relacionada a la
Directiva 46/95/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos, y Directiva 58/2002/CE, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al
tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad
en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva
sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas); o (ii)
para los países que no pertenezcan a la UE, significará la
legislación específica relevante aplicable en el respectivo país
relacionada con el uso y protección de datos de carácter personal y la
intimidad en las comunicaciones electrónicas, incluyendo (para
cualquiera de los anteriores) cualquier normativa posterior que las
sustituya o modifique.
(e) Grupo IBM - International Business Machines Corporation
ubicada en Armonk, Nueva York, EE.UU., sus subsidiarias así como
sus respectivos Business Partners y subcontratistas.
(2) (2) El Licenciatario autoriza a IBM para:
(a) procesar y utilizar la Información Comercial de
Contacto dentro del Grupo IBM en beneficio del Licenciatario,
incluyendo la prestación de servicios de soporte y con el fin de
gestionar la relación empresarial entre el Licenciatario y el Grupo
IBM, incluyendo, sin limitarse, a contactar con el Personal
Comercial de Contacto (por correo electrónico o por otra vía) así
como el marketing de productos y servicios del Grupo IBM (la
"Finalidad Específica"); y
(b) (b) revelar la Información Comercial de Contacto a
otros miembros del Grupo IBM únicamente a los efectos de la
Finalidad Específica.
(3) (3) IBM acuerda que toda Información Comercial de
Contacto se procesará de conformidad con la Legislación de
Protección de Datos y Comunicaciones Electrónicas y se utilizará
únicamente para la Finalidad Específica.
(4) (4) El Licenciatario declara que, antes de proporcionar
a IBM la Información Comercial de Contacto, ha obtenido o
deberá obtener, cuando así lo requiera la Legislación de
Protección de Datos y Comunicaciones Electrónicas, el consentimiento
del Personal Comercial de Contacto, asimismo confirma que ha
enviado o enviará las notificaciones pertinentes a dicho Personal
Comercial de Contacto, de manera que el Grupo IBM esté facultado para
procesar o usar la Información Comercial de Contacto para contactar
con ellos para la Finalidad Especificada.
(5) El Licenciatario consiente que IBM transfiera la
Información Comercial de Contacto fuera del Espacio Económico Europeo,
siempre y cuando dicha transferencia se realice bajo los términos
contractuales aprobados por la Autoridad de Protección de Datos o por
otra parte que la Legislación de Protección de Datos y
Comunicaciones Electrónicas permita la transferencia.
Z125-5589-05 (07/2011)