IMPORTANTE: LEER DETENIDAMENTE
A continuación se presentan dos acuerdos de licencia.
1. Acuerdo Internacional de Licencia para la Evaluación de
Programas de IBM
2. Acuerdo Internacional de Programas bajo Licencia de IBM
Si el Licenciatario obtiene el Programa con finalidades de
uso productivo (que no sean de evaluación, realización de
pruebas, prueba "try or buy" o demostración): Al pulsar el botón
"Aceptar" a continuación, el Licenciatario acepta el Acuerdo
Internacional de Programas bajo Licencia de IBM, sin modificación.
Si el Licenciatario obtiene el Programa con finalidades de
evaluación, realización de pruebas, prueba "try or buy" o demostración
(colectivamente, una "Evaluación"): Al pulsar el botón "Aceptar" a
continuación, el Licenciatario acepta el (i) Acuerdo Internacional de
Licencia para Evaluación de Programas de IBM (la "Licencia de
Evaluación"), sin modificación; y (ii) el Acuerdo Internacional de
Programas bajo Licencia de IBM (el "IPLA"), sin modificación.
La Licencia de Evaluación se aplicará durante el plazo de
la Evaluación del Licenciatario.
El IPLA se aplicará automáticamente si el Licenciatario
elige conservar el Programa después de la Evaluación (o obtener
copias adicionales del Programa para su uso después de la
Evaluación) suscribiendo un acuerdo de adquisición (por ejemplo, los
acuerdos International Passport Advantage de IBM o Passport
Advantage Express de IBM).
La Licencia de Evaluación y el IPLA no se aplican
simultáneamente, ni se modifican entre ellos y son independientes entre sí.
A continuación se ofrece el texto completo de cada uno de
estos acuerdos de licencia.
Acuerdo Internacional de Licencia para la Evaluación de
Programas
Parte 1 - Condiciones Generales
EL LICENCIATARIO ACEPTA LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO
MEDIANTE LA DESCARGA, INSTALACIÓN, COPIA, ACCESO, PULSANDO EL BOTÓN
"ACEPTAR" O MEDIANTE CUALQUIER TIPO DE UTILIZACIÓN DEL PROGRAMA. SI
EL CLIENTE ACEPTA ESTOS TÉRMINOS EN NOMBRE DEL LICENCIATARIO,
EL CLIENTE DECLARA Y GARANTIZA QUE TIENE PLENA AUTORIDAD PARA
OBLIGAR AL LICENCIATARIO A CUMPLIR DICHOS TÉRMINOS. SI NO ACEPTA
ESTOS TÉRMINOS,
* DESCARGAR, INSTALAR, COPIAR, ACCEDER, PULSAR EL BOTÓN
"ACEPTAR" NI USAR EL PROGRAMA; Y DEBERÁ
* DEVOLVER INMEDIATAMENTE LOS MEDIOS NO UTILIZADOS Y LA
DOCUMENTACIÓN A LA ENTIDAD A LA CUAL LOS ADQUIRIÓ. SI EL PROGRAMA FUE
DESCARGADO, DEBERÁN DESTRUIRSE TODAS LAS COPIAS DEL PROGRAMA.
1. Definiciones
"Uso Autorizado" - es el nivel especificado para el cual el
Licenciatario está autorizado para ejecutar o hacer funcionar el
Programa. Dicho nivel puede medirse por el número de usuarios,
millones de unidades de servicio ("MSUs"), Unidades de Valor de
Procesador (Processor Value Units o "PVUs"), u otro nivel de uso
especificado por IBM.
"IBM" - International Business Machines Corporation o una
de sus subsidiarias.
"Información sobre Licencia" ("LI") - es un documento que
proporciona información y cualquier término adicional específico para
un Programa. Puede encontrar la LI del Programa en el
directorio del Programa, mediante el uso de un mandato del sistema, o
como un folleto informativo incluido en el Programa.
"Programa" - es lo siguiente, incluyendo el original y
cualquier copia total o parcial de: 1) instrucciones y datos legibles
por máquina, 2) componentes, archivos y módulos, 3) contenido
audiovisual (como imágenes, texto, grabaciones o dibujos), y 4)
materiales bajo licencia relacionados (como claves y documentación).
2. Estructura del Acuerdo
Este Acuerdo incluye la Parte 1 - Condiciones Generales,
Parte 2 - Condiciones exclusivas para cada país (si las hubiera)
y la Información sobre Licencia que constituyen el acuerdo
completo entre el Licenciatario e IBM en relación al uso del
Programa. Sustituye a cualquier comunicación oral o escrita anterior
entre las partes en relación al uso del Programa por parte del
Licenciatario. Los términos de la Parte 2 pueden sustituir o modificar los
términos de la Parte 1. En el supuesto de cualquier conflicto, los
términos de la LI prevalecen sobre los de ambas Partes.
3. Licencia
El Programa es propiedad de IBM o de un distribuidor de IBM
y está sujeto a derechos de autor y se otorga bajo licencia,
no se vende.
IBM le concede al Licenciatario una licencia limitada, no
exclusiva y no transferible para 1) descargar, instalar y utilizar el
Programa durante el periodo de evaluación según los términos
establecidos en el Uso Autorizado especificado en la LI, únicamente para
evaluación interna, pruebas o demostraciones en la versión de prueba;
2) realizar e instalar un número de copias razonable que
respalden dicho Uso Autorizado, y 3) realizar una copia de seguridad,
todo ello siempre y cuando:
a. el Licenciatario haya obtenido el Programa de forma
legítima y cumpla los términos de este Acuerdo;
b. la copia de seguridad no se ejecute a menos que el
Programa del que se haya realizado la copia no pueda ejecutarse;
c. el Licenciatario reproduzca todas las notificaciones de
copyright y otros distintivos de titularidad en cada copia, o copia
parcial del Programa;
d. el Licenciatario mantenga un registro de todas las
copias del Programa y se asegure de que cualquier persona que
utilice el Programa (tanto si accede localmente o de forma remota)
1) lo haga únicamente en nombre del Licenciatario, y 2) cumpla
los términos de este Acuerdo;
e. el Licenciatario no 1) utilice el Programa para
propósitos productivos ni lo utilice, copie, modifique o distribuya
excepto del modo permitido expresamente en este Acuerdo; 2)
desensamble, descompile, traduzca de otro modo o realice técnicas de
ingeniería inversa en el Programa, excepto en la medida permitida
expresamente por ley sin posibilidad de renuncia contractual; 3) utilice
cualquiera de los componentes, archivos, módulos, contenido
audiovisual del Programa, o materiales bajo licencia relacionados, de
forma separada de dicho Programa; 4) sublicencie, alquile o
arrende el Programa; o 5) utilice el Programa para proporcionar
hosting comercial de aplicaciones; y
f. si el Licenciatario obtiene este Programa como un
Programa de Soporte, el Licenciatario utilizará el Programa
únicamente como soporte del Programa Principal y sujeto a cualquier
limitación de la licencia del Programa Principal, o, si el
Licenciatario obtiene este Programa como Programa Principal, el
Licenciatario utilizará todos los Programas de Soporte únicamente como
soporte de este Programa y sujetos a cualquier limitación
establecida en este Acuerdo. A los efectos de este apartado "f," un
"Programa de Soporte" es un Programa que forma parte de otro Programa
de IBM ("Programa Principal") y se identifica como Programa de
Soporte en la LI del Programa Principal. (Para obtener una licencia
independiente para un Programa de Soporte sin estas restricciones, el
Licenciatario debe ponerse en contacto con la parte a la cual adquirió el
Programa de Soporte).
Esta licencia se aplica a cada copia del Programa que
realice el Licenciatario.
3.1 Mejoras, Correcciones y Parches
En el caso en que el Licenciatario reciba una mejora,
corrección o parche para un Programa, el Licenciatario acepta
cualquier término adicional o diferente que sea aplicable a dicha
mejora, corrección o parche que esté especificada en su LI. Si no
se proporcionan términos adicionales o diferentes, la mejora,
corrección o parche estará sujeto únicamente a este Acuerdo. Si el
Programa se sustituye por una mejora, el Licenciatario acuerda
interrumpir inmediatamente el uso del Programa sustituido.
3.2 Vigencia y Terminación
El periodo de evaluación empieza en la fecha en la cual el
Licenciatario acepta los términos de este Acuerdo y finaliza en el
primero de los siguientes casos: 1) al terminar la duración o al
llegar a la fecha especificada por IBM en la Información sobre
Licencia o en un documento transaccional o 2) en la fecha en la cual
el Programa se inhabilite automáticamente. El Licenciatario
destruirá el Programa y todas las copias realizadas dentro del plazo
de los diez días posteriores a la finalización del período de
evaluación. Si IBM especifica en la LI que el Licenciatario puede
retener el Programa y el Licenciatario elige hacerlo, entonces el
Programa quedará sujeto a un acuerdo de licencia diferente, que IBM
proporcionará al Licenciatario. Además, se podrá aplicar un cargo.
IBM puede terminar la licencia del Licenciatario en caso
que éste incumpla los términos de este Acuerdo. En el caso en
que cualquiera de las partes termine la licencia por cualquier
causa, el Licenciatario acuerda interrumpir el uso inmediatamente
y destruir todas sus copias del Programa. Cualquier término
de este Acuerdo que por su carácter tenga una vigencia
superior a la terminación del Acuerdo permanecerá en vigor hasta su
cumplimiento y se aplicará a los sucesores y cesionarios respectivos de
ambas partes.
EL PROGRAMA PUEDE CONTENER UN DISPOSITIVO INHABILITADOR QUE
IMPIDA QUE PUEDA SER UTILIZADO UNA VEZ QUE HAYA EXPIRADO EL
PERÍODO DE EVALUACIÓN. EL LICENCIATARIO ACEPTA NO MODIFICAR EL
DISPOSITIVO INHABILITADOR NI EL PROGRAMA. EL LICENCIATARIO DEBE TOMAR
PRECAUCIONES PARA EVITAR LA PÉRDIDA DE DATOS QUE SE PODRÍA PRODUCIR
CUANDO EL PROGRAMA YA NO PUEDA UTILIZARSE.
4. Cargos
No hay ningún cargo por utilizar el Programa durante el
período de evaluación.
5. Sin garantías
SUJETO A CUALQUIER GARANTÍA ESTATUTARIA QUE NO PUDIERA
EXCLUIRSE, IBM NO OFRECE NINGUNA GARANTÍA NI CONDICIÓN, NI EXPLÍCITA
NI IMPLÍCITA, EN RELACIÓN CON EL PROGRAMA O EL SOPORTE, SI
EXISTIERA, INCLUIDAS PERO SIN LIMITARSE A, LAS GARANTÍAS O CONDICIONES
IMPLÍCITAS DE COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD SATISFACTORIA, IDONEIDAD PARA
UNA FINALIDAD CONCRETA Y TITULARIDAD, Y CUALQUIER GARANTÍA O
CONDICIÓN DE NO INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE TERCEROS.
LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS EXPLÍCITAS O IMPLÍCITAS PUEDE NO
ESTAR PERMITIDA POR ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES Y, POR
TANTO, PUEDE QUE DICHA EXCLUSIÓN NO SEA APLICABLE AL
LICENCIATARIO. EN TAL CASO, LA DURACIÓN DE DICHAS GARANTÍAS SE LIMITA AL
PERIODO MÍNIMO QUE EXIJA LA LEGISLACIÓN. NO SE APLICARÁ NINGUNA
GARANTÍA DESPUÉS DE ESE PERÍODO. ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES NO
PERMITEN LIMITACIONES EN CUANTO A LA DURACIÓN DE UNA GARANTÍA
IMPLÍCITA, POR LO PUEDE QUE LA LIMITACIÓN ANTERIOR NO SEA APLICABLE AL
LICENCIATARIO. EL LICENCIATARIO PUEDE CONTAR CON OTROS DERECHOS QUE VARÍAN
SEGÚN EL ESTADO O LA JURISDICCIÓN.
LAS EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD Y LAS EXCLUSIONES DE ESTA
CLÁUSULA 5 TAMBIÉN SE APLICAN A CUALQUIER PROVEEDOR O DESARROLLADOR
DE PROGRAMAS DE IBM.
LOS FABRICANTES, LOS PROVEEDORES Y LOS EDITORES DE
PROGRAMAS NO IBM PUEDEN OFRECER SUS PROPIAS GARANTÍAS.
IBM NO OFRECE SOPORTE DE NINGÚN TIPO, SALVO QUE IBM
ESPECIFIQUE LO CONTRARIO. EN ESE CASO, CUALQUIER SOPORTE QUE OFREZCA
IBM ESTÁ SUJETO A LAS EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD Y A LAS
EXCLUSIONES DE ESTA CLÁUSULA 5.
6. Datos y Bases de Datos del Licenciatario
Para ayudar al Licenciatario a aislar el origen de un
problema con el Programa, IBM podrá solicitar que el Licenciatario:
1) permita que IBM acceda de forma remota al sistema del
Licenciatario, o 2) envíe información sobre el Licenciatario o datos del
sistema a IBM. No obstante, IBM no está obligada a proporcionar
dicha asistencia a menos que las Partes tengan un acuerdo,
independiente y por escrito, mediante el cual IBM proporcione al
Licenciatario dicho tipo de soporte que no está incluido en las
obligaciones de IBM en este Acuerdo. En cualquier caso, IBM utilizará la
información sobre errores y problemas para mejorar sus productos y
servicios así como para prestar asistencia con su oferta de servicios
de mantenimiento relacionados. Con esa finalidad, IBM podrá
utilizar a subcontratistas y Empresas IBM (incluyendo en uno o más
países distintos del país en el que se encuentra el Licenciatario)
y el Licenciatario autoriza a IBM para ello.
El Licenciatario permanecerá responsable de: 1) los datos y
contenidos de cualquier base de datos que el Licenciatario ponga a
disposición de IBM, 2) la selección y la implementación de los
procedimientos y controles relacionados con el acceso, seguridad,
encriptación, uso y transmisión de los datos (incluyendo cualquier dato
personal que pueda identificarse), y 3) las copias de seguridad y la
recuperación de cualquier base de datos y de cualquier dato almacenado.
El Licenciatario no enviará a IBM ni le permitirá acceso a
datos personales y permanecerá responsable por cualquier coste
razonable u otras cantidades que IBM tenga que hacer frente en
relación a cualquier información equivocadamente suministrada a IBM,
o a la pérdida o revelación de la misma por IBM, incluso las
originadas de reclamaciones de terceros.
7. Limitación de Responsabilidad
Las limitaciones y exclusiones de esta Cláusula 7
"Limitación de Responsabilidad" se aplicarán en la medida en que no las
prohíba la legislación aplicable sin la posibilidad de una renuncia
contractual.
7.1 Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable
Pueden surgir circunstancias en las cuales, debido a un
incumplimiento de IBM de sus obligaciones contractuales u otra
responsabilidad, el Licenciatario tuviera derecho a reclamar daños a IBM.
Independientemente de las razones por las que el Licenciatario tenga derecho a
reclamar daños a IBM (incluyendo un incumplimiento, negligencia,
falsedad u otra reclamación contractual o extracontractual), la
responsabilidad de IBM por todas las reclamaciones que surjan de, en
relación con, cada Programa o que de otra manera surjan en relación
con este Acuerdo estará limitada únicamente a: 1) los daños
físicos a las personas (incluyendo la muerte) y daños a las
propiedades, y 2)otros daños directos probados hasta 10.000 dólares
americanos (o el equivalente en la moneda local).
Este límite se aplica también a cualquier proveedor o
desarrollador de Programas de IBM. Es la cantidad máxima por la que IBM y
sus proveedores y desarrolladores de Programas serán
responsables colectivamente.
7.2 Aspectos por los que IBM No Es Responsable
BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, IBM, SUS DESARROLLADORES DE
PROGRAMAS O PROVEEDORES SERÁN RESPONSABLES DE LOS SIGUIENTES CASOS,
INCLUSO EN EL CASO DE QUE HUBIERAN SIDO ADVERTIDOS DE TAL
POSIBILIDAD:
a. PÉRDIDAS DE, O DAÑOS A, LOS DATOS;
b. DAÑOS ESPECIALES, INCIDENTALES, PUNITIVOS, INDIRECTOS O
CUALQUIER DAÑO ECONÓMICO CONSECUENCIAL; O
c. PÉRDIDAS DE BENEFICIOS, NEGOCIO, INGRESOS, PLUSVALÍAS O
ECONOMÍAS PREVISTAS
8. Verificación
A los efectos de esta Cláusula 8 "Verificación", "Términos
del Programa de Evaluación" significa: 1) este Acuerdo así como
los Anexos aplicables y los documentos transaccionales
proporcionados por IBM, y 2) las políticas de software de IBM que pueden
encontrarse en el sitio web sobre Políticas de Software de IBM (www.ibm.
com/softwarepolicies), incluyendo pero sin limitarse a las políticas relativas a
las copias de seguridad, condiciones para los precios de
subcapacidad y migración.
Los derechos y obligaciones establecidos en esta Cláusula 8
permanecerán vigentes mientras el Licenciatario tenga una licencia en
vigor para el Programa y durante los dos años siguientes.
8.1 Proceso de Verificación
El Licenciatario acuerda crear, conservar y proporcionar a
IBM y a sus auditores registros escritos precisos, salidas de
las herramientas del sistema y otra información sobre el
sistema suficiente para verificar que el uso de todos los Programas
por parte del Licenciatario se realiza conforme a los Términos
del Programa de Evaluación, incluyendo, sin limitarse, todos
los términos IBM sobre licencias y de calificación de precios
aplicables. El Licenciatario es responsable de: 1) asegurar que no
excede su Uso Autorizado, y 2) actuar de conformidad con los
Términos del Programa de Evaluación.
Previa notificación con antelación suficiente, IBM podrá
verificar el cumplimiento por parte del Licenciatario de los Términos
del Programa de Evaluación en todas las ubicaciones y para
todos los entornos en los que el Licenciatario utilice, con
cualquier finalidad, los Programas sujetos a los Términos del
Programa de Evaluación. Dicha verificación se realizará de manera
que se minimice la interferencia en la operativa de negocio del
Licenciatario, en las instalaciones del Licenciatario, y durante su
horario habitual de trabajo. IBM podrá utilizar a un auditor
independiente para ayudar en la verificación, siempre que IBM tenga
firmado, por escrito y con anterioridad, un acuerdo de
confidencialidad con dicho auditor.
8.2 Resolución
IBM notificará al Licenciatario, por escrito, si conforme a
dicha verificación el Licenciatario ha utilizado cualquier
Programa sobrepasando su Uso Autorizado o no ha cumplido de otro
modo con los Términos del Programa de Evaluación. El
Licenciatario acuerda pagar, a la mayor brevedad posible, directamente a
IBM los cargos que IBM especifique en una factura por: 1)
cualquier uso en exceso, 2) el soporte por dicho uso en exceso
durante el periodo que se ha realizado dicho uso en exceso o por
dos años, lo que sea menor, y 3) cualquier cargo adicional y
cualquier otra responsabilidad que el Cliente esté obligado a pagar
como resultado de dicha verificación.
9. Avisos de Terceros
El Programa puede incluir código de terceros que IBM, no el
tercero, otorga bajo licencia al Licenciatario en virtud de este
Acuerdo. Los avisos, si los hubiera, para el código de terceros,
("Avisos de Terceros") se incluyen únicamente para información del
Licenciatario. Estos avisos pueden encontrarse en los archivos de avisos
del Programa. Se puede encontrar información sobre cómo obtener
un código fuente para determinados códigos de terceros en los
Avisos de Terceros. Si en los Avisos de Terceros, IBM identifica
el código de terceros como "Código de Terceros Modificable",
IBM autoriza al Licenciatario a: 1) modificar el Código de
Terceros Modificable, y 2) realizar técnicas de ingeniería inversa a
los módulos del Programa que se conectan con el Código de
Terceros Modificable, siempre y cuando su única finalidad sea
depurar las modificaciones realizadas por el Licenciatario a dicho
código de terceros. Las obligaciones de servicio y soporte de IBM,
si las hubiera, se aplican únicamente al Programa sin
modificar.
10. General
a. Nada de lo dispuesto en este Acuerdo afectará a los
derechos de los consumidores establecidos por ley que no puedan ser
cancelados o limitados por contrato.
b. Si cualquier disposición de este Acuerdo se declara
inválida o no exigible, las disposiciones restantes de este Acuerdo
permanecerán en vigor.
c. El Licenciatario tiene prohibido exportar el Programa.
d. El Licenciatario autoriza a International Business
Machines Corporation y sus filiales (así como a sus sucesores y
cesionarios, contratistas e IBM Business Partners) para almacenar y
utilizar la información de contacto del Licenciatario, en cualquier
lugar en el que desarrollen su actividad empresarial, en relación
a los productos y servicios de IBM, o como consecuencia de la
relación empresarial de IBM con el Licenciatario.
e. Cada parte dará a la otra la oportunidad razonable de
cumplir sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo antes de
reclamar a la otra por un incumplimiento de sus obligaciones
contractuales. Las partes intentarán resolver de buena fe cualesquiera
controversias, desacuerdos o reclamaciones relacionadas con este Acuerdo.
f. Salvo que se establezca de otra manera en la legislación
aplicable, sin posibilidad de renuncia contractual o limitación: 1)
ninguna de las partes interpondrá acción legal alguna,
independientemente de la forma, relacionada con este Acuerdo transcurridos más
de dos años desde que se produjo su causa; y 2) transcurrido
dicho periodo de tiempo, cualquier acción legal que surgiera en
relación con el Acuerdo, así como todos los respectivos derechos
relacionados con dicha acción, prescribirán.
g. Ninguna de las partes será responsable del
incumplimiento de cualquier obligación debido a causas fuera de control.
h. Este Acuerdo no creará derecho alguno o causa de demanda
para ningún tercero, ni IBM será responsable de las
reclamaciones al Cliente de terceros, salvo por lo especificado en la
Cláusula 7.1 "Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable" en
relación con daños a las personas (incluyendo muerte) y a las
propiedades de las que IBM sea legalmente responsable frente a dichos
terceros.
i. Al aceptar los términos de este Acuerdo, ambas partes
acuerdan que no se están basando en ninguna manifestación que no
esté incluida en este Acuerdo, incluyendo pero sin limitarse a
cualquier manifestación en relación con: 1) el rendimiento o
funcionamiento del Programa, distinto del expresamente garantizado en la
Cláusula 5 (Sin garantías); 2) las experiencias o recomendaciones de
otras partes; o 3) cualquier resultado o ahorro que el
Licenciatario pudiera obtener.
j. IBM tiene firmados acuerdos con determinadas
organizaciones (denominadas "IBM Business Partners") para promocionar,
comercializar y dar soporte a ciertos Programas. Los IBM Business
Partners permanecerán independientes y son distintos de IBM. IBM no
se hace responsable de las acciones o declaraciones de los IBM
Business Partners ni de las obligaciones que éstos hayan contraído
con el Licenciatario.
k. Los términos de indemnización de propiedad intelectual y
de licencia de otros acuerdos del Licenciatario con IBM (como
las Condiciones Generales de IBM) no son de aplicación a las
licencias de Programas concedidas en virtud de este Acuerdo.
11. Ámbito Geográfico y Legislación Aplicable
11.1 Legislación Aplicable
Ambas partes aceptan la aplicación de las leyes del país en
el que el Licenciatario haya obtenido la licencia del Programa
a fin de regir, interpretar y asegurar el cumplimiento de los
derechos, deberes y obligaciones del Licenciatario y de IBM,
respectivamente, que puedan surgir en virtud de, o que estén de cualquier
manera relacionados con este Acuerdo, a pesar de cualquier posible
conflicto de ley.
No se aplican los términos de la Convención de las Naciones
Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Bienes.
11.2 Jurisdicción
Todos los derechos, deberes y obligaciones están sujetos a
los tribunales del país en el que el Licenciatario haya
obtenido la licencia del Programa.
Parte 2 - Condiciones Exclusivas para cada País
Para las licencias otorgadas en los países especificados a
continuación, los siguientes términos sustituyen o modifican los términos
incluidos en la Parte 1. Todos los términos de la Parte 1 que no sean
modificados por estas enmiendas permanecerán sin cambios y en vigor.
Esta Parte 2 se estructura del siguiente modo:
* Enmiendas para varios países de la Parte 1, Cláusula 11
"Legislación Aplicable y Jurisdicción";
* Enmiendas de otros términos del Acuerdo para los países
de América y
* Enmiendas de otros términos del Acuerdo para los países
de Europa, Oriente Medio y África.
Enmiendas para varios países de la Parte 1, Cláusula 11
"Legislación Aplicable y Jurisdicción";
11.1 Legislación Aplicable
La frase "las leyes del país en el que el Licenciatario
haya obtenido la licencia del Programa" en el primer párrafo de
la Cláusula 11.1 "Legislación Aplicable" se sustituye por las
frases siguientes en los países que figuran a continuación:
AMÉRICA
(1) En México: las leyes federales de la República de
México; y
(2) en Venezuela: las leyes de la República Bolivariana de
Venezuela.
11.2 Jurisdicción
El siguiente párrafo pertenece al apartado de jurisdicción
y sustituye a la Cláusula 11.2 "Jurisdicción" tal y como se
aplica a los países identificados a continuación:
Todos los derechos, deberes y obligaciones están sometidos
a los tribunales del país en el que el Licenciatario haya
obtenido la licencia del Programa excepto en los países
identificados a continuación, en los que todas las disputas que surjan o
se relacionen con este Acuerdo, incluyendo los procedimientos
sumarios, se presentarán ante y se someterán a la jurisdicción
exclusiva de los siguientes tribunales competentes:
AMÉRICA
(1) En Argentina: el Tribunal de Comercio Ordinario de la
ciudad de Buenos Aires,
(2) en Chile: el Juzgado de lo Civil de Santiago;
(3) en Ecuador: los jueces de lo civil de Quito para los
procesos sumarios o ejecutivos (según sea el caso);
(4) en México: los tribunales ubicados en Ciudad de México,
Distrito Federal;
(5) en Perú: en Perú: los jueces y tribunales del distrito
judicial de Lima, Cercado;
(6) en Uruguay: los tribunales de la ciudad de Montevideo;
(7) en Venezuela: los tribunales del área metropolitana de
la ciudad de Caracas; y
EUROPA, ORIENTE MEDIO Y ÁFRICA
(8) en España: los tribunales de Madrid.
APÉNDICES PARA PAÍSES AMERICANOS
PERÚ
7. Limitación de Responsabilidad
Se añade lo siguiente al final de la Cláusula 7 "Limitación
de Responsabilidad":
Salvo que la legislación lo requiera expresamente sin
posibilidad de renuncia contractual, el Licenciatario e IBM tienen la
intención de que la limitación de responsabilidad expuesta en esta
cláusula "Limitación de Responsabilidad" se aplique a los daños
causados por todo tipo de reclamaciones y causa de acción. En el
caso que un tribunal competente declare no exigible cualquier
limitación o exclusión de responsabilidad de esta cláusula con
respecto a una reclamación o derecho de iniciar acciones legales
concreto, las partes tienen la intención de que se aplique a todas
las demás reclamaciones y derechos de iniciar acciones legales
hasta el grado máximo que permita la legislación aplicable.
7.1 Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable
Se añade lo siguiente al final de la Cláusula 7.1:
De acuerdo con el Artículo 1328 del Código Civil Peruano,
las limitaciones y exclusiones especificadas en esta cláusula
no se aplicarán a los daños causados por la mala conducta
deliberada de IBM ("dolo") o negligencia ("culpa inexcusable").
ENMIENDAS PARA LOS PAÍSES DE EUROPA, ORIENTE MEDIO, ÁFRICA
(EMEA)
ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA
5. Sin garantías
Se añade lo siguiente a la Cláusula 5 (Sin garantías):
En la Unión Europea ("EU"), los consumidores tienen
derechos legales en virtud de la legislación nacional aplicable que
rija la venta de bienes de consumo. Tales derechos no se ven
afectados por las disposiciones expuestas en esta Cláusula 5 (Sin
garantías).
ESTADOS MIEMBROS DE LA UE Y LOS PAÍSES IDENTIFICADOS A
CONTINUACIÓN
Cualquier país europeo que haya promulgado legislación
local relativa a privacidad de datos o donde haya una legislación
similar al modelo de la UE.
10. General
Lo siguiente sustituye a la Cláusula 10.d:
(1) Definiciones - A los efectos de esta Cláusula 10.d, se
aplicarán las siguientes definiciones adicionales:
(a) Información Comercial de Contacto - se entenderá como
los datos de contacto relacionados al negocio, revelados a IBM
por el Licenciatario, incluyendo nombres, puestos de trabajo,
dirección profesional, números de teléfono y direcciones de correo
electrónico de los empleados y contratistas del Licenciatario. Para
Austria, Italia y Suiza, la Información Comercial de Contacto
incluye también información sobre el Licenciatario y sus
contratistas como entidades legales (por ejemplo, datos sobre los
ingresos del Licenciatario y otra información transaccional)
(b) Personal Comercial de Contacto - se entenderá como los
empleados y contratistas del Licenciatario a los cuales se
proporciona la Información Comercial de Contacto.
(c) Autoridad de Protección de Datos - se entenderá como la
autoridad establecida por la Legislación de Protección de Datos y
Comunicaciones Electrónicas en el país aplicable o, para los países que no
formen parte de la UE, la autoridad responsable de supervisar la
protección de los datos personales en dichos países o (para cualquiera
de los anteriores) cualquier entidad debidamente designada
para ello con posterioridad.
(d) Legislación de Protección de Datos y Comunicaciones
Electrónicas - (i) la legislación nacional específica relacionada a la
Directiva 46/95/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos, y Directiva 58/2002/CE, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al
tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad
en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva
sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas); o (ii)
para los países que no pertenezcan a la UE, significará la
legislación específica relevante aplicable en el respectivo país
relacionada con el uso y protección de datos de carácter personal y la
intimidad en las comunicaciones electrónicas, incluyendo (para
cualquiera de los anteriores) cualquier normativa posterior que las
sustituya o modifique.
(e) Grupo IBM - International Business Machines Corporation
ubicada en Armonk, Nueva York, EE.UU., sus subsidiarias así como
sus respectivos Business Partners y subcontratistas.
(2) El Licenciatario autoriza a IBM para:
(a) procesar y utilizar la Información Comercial de
Contacto dentro del Grupo IBM en beneficio del Licenciatario,
incluyendo la prestación de servicios de soporte y con el fin de
gestionar la relación empresarial entre el Licenciatario y el Grupo
IBM, incluyendo, sin limitarse, a contactar con el Personal
Comercial de Contacto (por correo electrónico o por otra vía) así
como el marketing de productos y servicios del Grupo IBM (la
"Finalidad Específica"); y
(b) revelar la Información Comercial de Contacto a otros
miembros del Grupo IBM únicamente a los efectos de la Finalidad
Específica.
(3) IBM acuerda que toda Información Comercial de Contacto
se procesará de conformidad con la Legislación de Protección
de Datos y Comunicaciones Electrónicas y se utilizará
únicamente para la Finalidad Específica.
(4) El Licenciatario declara que, antes de proporcionar a
IBM la Información Comercial de Contacto, ha obtenido o deberá
obtener, cuando así lo requiera la Legislación de Protección de
Datos y Comunicaciones Electrónicas, el consentimiento del
Personal Comercial de Contacto, asimismo confirma que ha enviado o
enviará las notificaciones pertinentes a dicho Personal Comercial
de Contacto, de manera que el Grupo IBM esté facultado para
procesar o usar la Información Comercial de Contacto para contactar
con ellos para la Finalidad Especificada.
(5) El Licenciatario consiente que IBM transfiera la
Información Comercial de Contacto fuera del Espacio Económico Europeo,
siempre y cuando dicha transferencia se realice bajo los términos
contractuales aprobados por la Autoridad de Protección de Datos o por
otra parte que la Legislación de Protección de Datos y
Comunicaciones Electrónicas permita la transferencia.
Z125-5543-05 (07/2011)
Acuerdo Internacional de Programas bajo Licencia
Parte 1 - Condiciones Generales
EL LICENCIATARIO ACEPTA LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO
MEDIANTE LA DESCARGA, INSTALACIÓN, COPIA, ACCESO, PULSANDO EL BOTÓN
"ACEPTAR" O MEDIANTE CUALQUIER TIPO DE UTILIZACIÓN DEL PROGRAMA. SI
EL CLIENTE ACEPTA ESTOS TÉRMINOS EN NOMBRE DEL LICENCIATARIO,
EL CLIENTE DECLARA Y GARANTIZA QUE TIENE PLENA AUTORIDAD PARA
OBLIGAR AL LICENCIATARIO A CUMPLIR DICHOS TÉRMINOS. SI EL CLIENTE
NO ACEPTA ESTOS TÉRMINOS, NO DEBERÁ
* DESCARGAR, INSTALAR, COPIAR, ACCEDER, PULSAR EL BOTÓN
"ACEPTAR" NI USAR EL PROGRAMA; Y DEBERÁ
* DEVOLVER INMEDIATAMENTE LOS MEDIOS NO UTILIZADOS, LA
DOCUMENTACIÓN Y EL DOCUMENTO DE TITULARIDAD A LA ENTIDAD A LA CUAL LOS
ADQUIRIÓ PARA EL REEMBOLSO DEL IMPORTE PAGADO. SI EL PROGRAMA FUE
DESCARGADO, DEBERÁN DESTRUIRSE TODAS LAS COPIAS DEL PROGRAMA.
1. Definiciones
"Uso Autorizado" - es el nivel especificado para el cual el
Licenciatario está autorizado para ejecutar o hacer funcionar el
Programa. Dicho nivel puede medirse por el número de usuarios,
millones de unidades de servicio ("MSUs"), Unidades de Valor de
Procesador (Processor Value Units o "PVUs"), u otro nivel de uso
especificado por IBM.
"IBM" - International Business Machines Corporation o una
de sus subsidiarias.
"Información sobre Licencia" ("LI") - es un documento que
proporciona información y cualquier término adicional específico para
un Programa. La LI del Programa está disponible en www.ibm.
com/software/sla. También puede encontrar la LI en el directorio del
Programa, mediante el uso de un mandato del sistema, o como un
folleto informativo incluido en el Programa.
"Programa" - es lo siguiente, incluyendo el original y
cualquier copia total o parcial de: 1) instrucciones y datos legibles
por máquina, 2) componentes, archivos y módulos, 3) contenido
audiovisual (como imágenes, texto, grabaciones o dibujos), y 4)
materiales bajo licencia relacionados (como claves y documentación).
"Documento de Titularidad" ("PoE") - es la prueba del Uso
Autorizado del Licenciatario. El PoE es también la prueba que tiene el
Licenciatario de su elegibilidad para recibir garantías, futuras
actualizaciones de precios, si las hubiera, y posibles oportunidades
promocionales o especiales. Si IBM no proporcionara un PoE al
Licenciatario, IBM puede aceptar como PoE el recibo original de venta u
otro comprobante de venta de la parte (ya sea IBM o su
distribuidor) a la cual el Licenciatario adquirió el Programa, siempre
que se especifique el nombre del Programa y el Uso Autorizado
obtenido.
"Periodo de Garantía" - es un año, empezando en la fecha en
la que se le concedió la licencia al Licenciatario original.
2. Estructura del Acuerdo
Este Acuerdo incluye la Parte 1 - Condiciones Generales,
Parte 2 - Condiciones exclusivas para cada país (si las hubiera),
la Información sobre Licencia y el Documento de titularidad
que constituyen el acuerdo completo entre el Licenciatario e
IBM en relación al uso del Programa. Sustituye a cualquier
comunicación oral o escrita anterior entre las partes en relación al uso
del Programa por parte del Licenciatario. Los términos de la
Parte 2 pueden sustituir o modificar los términos de la Parte 1.
En el supuesto de cualquier conflicto, los términos de la LI
prevalecen sobre los de ambas Partes.
3. Licencia
El Programa es propiedad de IBM o de un distribuidor de IBM
y está sujeto a derechos de autor y se otorga bajo licencia,
no se vende.
IBM le concede al Licenciatario una licencia no exclusiva
para 1) utilizar el Programa según los términos establecidos en
el Uso Autorizado especificado en el PoE, 2) realizar e
instalar copias que respalden dicho Uso Autorizado, y 3) realizar
una copia de seguridad, todo ello siempre y cuando:
a. el Licenciatario haya obtenido el Programa de forma
legítima y cumpla los términos de este Acuerdo;
b. la copia de seguridad no se ejecute a menos que el
Programa del que se haya realizado la copia no pueda ejecutarse;
c. el Licenciatario reproduzca todas las notificaciones de
copyright y otros distintivos de titularidad en cada copia, o copia
parcial del Programa;
d. el Licenciatario se asegure de que cualquier persona que
utilice el Programa (tanto si accede localmente o de forma remota):
1) lo hace únicamente en nombre del Licenciatario, y 2) cumple
los términos de este Acuerdo;
e. el Licenciatario no podrá 1) utilizar, copiar, modificar
ni distribuir el Programa excepto del modo permitido
expresamente en este Acuerdo; 2) desensamblar, descompilar, traducir de
otro modo o realizar técnicas de ingeniería inversa en el
Programa, excepto en la medida permitida expresamente por ley sin
posibilidad de renuncia contractual; 3) utilizar cualquiera de los
componentes, archivos, módulos, contenido audiovisual del Programa, o
materiales bajo licencia relacionados, de forma separada de dicho
Programa; o 4) sublicenciar, alquilar o arriendar el Programa; y
f. si el Licenciatario obtiene este Programa como un
Programa de Soporte, el Licenciatario utilizará el Programa
únicamente como soporte del Programa Principal y sujeto a cualquier
limitación de la licencia del Programa Principal, o, si el
Licenciatario obtiene este Programa como Programa Principal, el
Licenciatario utilizará todos los Programas de Soporte únicamente como
soporte de este Programa y sujetos a cualquier limitación
establecida en este Acuerdo. A los efectos de este apartado "f," un
"Programa de Soporte" es un Programa que forma parte de otro Programa
de IBM ("Programa Principal") y se identifica como Programa de
Soporte en la LI del Programa Principal. Para obtener una licencia
independiente para un Programa de Soporte sin estas restricciones, el
Licenciatario debe ponerse en contacto con la parte a la cual adquirió el
Programa de Soporte.
Esta licencia se aplica a cada copia del Programa que
realice el Licenciatario.
3.1 Actualizaciones, Mejoras, Correcciones y Parches
3.1.1 Actualizaciones
Si se sustituye el Programa por una actualización, la
licencia del Programa sustituido se rescindirá inmediatamente.
3.1.2 Mejoras, Correcciones y Parches
En el caso en que el Licenciatario reciba una mejora,
corrección o parche para un Programa, el Licenciatario acepta
cualquier término adicional o diferente que sea aplicable a dicha
mejora, corrección o parche que esté especificada en su LI. Si no
se proporcionan términos adicionales o diferentes, la mejora,
corrección o parche estará sujeto únicamente a este Acuerdo. Si el
Programa se sustituye por una mejora, el Licenciatario acuerda
interrumpir inmediatamente el uso del Programa sustituido.
3.2 Licencias a Plazo Fijo
Si IBM otorga el Programa bajo licencia durante un plazo
determinado, la licencia del Licenciatario terminará al final del plazo
determinado, a menos que el Licenciatario e IBM acuerden su renovación.
3.3 Vigencia y Terminación
Los términos de este Acuerdo son efectivos hasta su
terminación.
IBM puede terminar la licencia del Licenciatario en caso
que éste incumpla los términos de este Acuerdo.
En el caso en que cualquiera de las partes termine la
licencia por cualquier causa, el Licenciatario acuerda interrumpir
el uso inmediatamente y destruir todas sus copias del
Programa. Cualquier término de este Acuerdo que por su carácter tenga
una vigencia superior a la terminación del Acuerdo permanecerá
en vigor hasta su cumplimiento y se aplicará a los sucesores y
cesionarios respectivos de ambas partes.
4. Cargos
Los Cargos se basan en el Uso Autorizado obtenido, que se
especifica en el PoE. IBM no concede créditos ni realiza reembolsos de
los cargos ya vencidos o pagados, excepto si se especifica lo
contrario en este Acuerdo.
Si el Licenciatario desea aumentar su Uso Autorizado, el
Licenciatario deberá notificarlo con antelación a IBM o a un distribuidor
autorizado de IBM y pagar cualquier cargo aplicable.
5. Impuestos
Si cualquier autoridad impone una tasa, impuesto, gravamen
o cargo al Programa, con exclusión de aquellos impuestos
relativos al beneficio neto empresarial de IBM, el Licenciatario
acuerda pagar las cantidades correspondientes a dichos conceptos,
tal y como se especifique en una factura, o presentará la
documentación justificante de estar exento de los mismos. El
Licenciatario es responsable de cualquier impuesto que grave la propiedad
del Programa desde la fecha en la que el Licenciatario obtuvo
el Programa. Si cualquier autoridad impone una tasa, impuesto,
gravamen o cargo por la importación o exportación, traspaso, acceso
o uso del Programa fuera del país en el que se otorgó la
licencia al Licenciatario, el Licenciatario acuerda ser responsable
de, y pagar, cualquier cantidad impuesta.
6. Garantía de Devolución
Si el Licenciatario no está satisfecho con el Programa por
cualquier motivo y es el Licenciatario original, el Licenciatario
puede terminar la licencia y obtener el reembolso del importe que
ha pagado por el Programa, siempre y cuando el Licenciatario
devuelva el Programa y el PoE a la parte a la cual adquirió el
Programa dentro del plazo de 30 días tras la fecha en la que se
emitió el PoE para el Licenciatario. Si la licencia es de plazo
fijo y está sujeta a renovación, el Licenciatario podrá obtener
un reembolso únicamente si devuelve el Programa y su PoE
dentro de los primeros 30 días del plazo inicial. Si el
Licenciatario descargó el Programa, el Licenciatario deberá ponerse en
contacto con la parte a la cual adquirió el Programa para recibir
instrucciones sobre cómo obtener el reembolso.
7. Transferencia del Programa
El Licenciatario puede transferir el Programa y todos sus
derechos de licencia y obligaciones a cualquier tercero únicamente
si dicha parte acepta los términos de este Acuerdo. Si
cualquiera de las partes termina la licencia por cualquier motivo, se
prohíbe que el Licenciatario transfiera el Programa a un tercero.
El Licenciatario no transferirá una parte: 1) del Programa, o
2) del Uso Autorizado del Programa. Cuando el Licenciatario
transfiere el Programa, deberá transferir también una copia impresa de
este Acuerdo, incluyendo la LI y el PoE. Después de la
transferencia, se considera terminada la licencia del Licenciatario.
8. Garantía y Exclusiones
8.1 Limitación de Garantía
IBM garantiza que cuando el Programa sea utilizado en el
entorno operativo especificado cumplirá con sus especificaciones.
Las especificaciones del Programa y la información sobre el
entorno operativo especificado, pueden encontrarse en la
documentación que se adjunta al Programa (como el archivo "léame") o en
otra información publicada por IBM (como en una carta de
anuncio). El Licenciatario acepta que dicha documentación y otros
contenidos del Programa pueden proporcionarse sólo en inglés, a menos
que la legislación local requiera lo contrario sin posibilidad
de renuncia contractual o limitación.
La garantía se aplica únicamente a la parte no modificada
del Programa. IBM no garantiza el funcionamiento ininterrumpido
o libre de errores de un Programa, ni que IBM corregirá todos
los defectos del Programa. El Licenciatario es responsable de
los resultados obtenidos a partir del uso del Programa.
Durante el Periodo de Garantía, IBM proporciona acceso al
Licenciatario a las bases de datos de IBM que contienen información sobre
los defectos conocidos del Programa, las correcciones de dichos
defectos, restricciones y circunvalaciones (bypass) sin cargo
adicional. Para más información, consulte el manual de soporte de
software de IBM (IBM Software Support Handbook) en www.ibm.
com/software/support.
Si el Programa no funciona conforme a lo garantizado
durante el Periodo de Garantía y no puede resolverse el problema
con la información disponible en las bases de datos de IBM, el
Licenciatario podrá devolver el Programa y su PoE a la parte (ya sea IBM
o su distribuidor) a la cual adquirió el Programa y recibir
un reembolso del importe pagado por el Licenciatario. Tras la
devolución del Programa, finaliza la licencia del Licenciatario. Si el
Licenciatario descargó el Programa, el Licenciatario deberá ponerse en
contacto con la parte a la cual adquirió el Programa para recibir
instrucciones sobre cómo obtener el reembolso.
8.2 Exclusiones
ESTAS GARANTÍAS SON LAS GARANTÍAS EXCLUSIVAS DEL
LICENCIATARIO Y SUSTITUYEN A CUALQUIER OTRA GARANTÍA O CONDICIÓN,
EXPLÍCITA O IMPLÍCITA, INCLUIDAS PERO SIN LIMITARSE A, LAS GARANTÍAS
O CONDICIONES IMPLÍCITAS DE COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD
SATISFACTORIA, IDONEIDAD PARA UNA FINALIDAD CONCRETA, TITULARIDAD Y
CUALQUIER GARANTÍA O CONDICIÓN DE NO INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE
TERCEROS. LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS EXPLÍCITAS O IMPLÍCITAS PUEDE NO
ESTAR PERMITIDA POR ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES Y, POR
TANTO, PUEDE QUE DICHA EXCLUSIÓN NO SEA APLICABLE AL
LICENCIATARIO. EN TAL CASO, LA DURACIÓN DE DICHAS GARANTÍAS SE LIMITA AL
PERIODO DE GARANTÍA. NO SE APLICARÁN GARANTÍAS DESPUÉS DE DICHO
PERIODO. ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES NO PERMITEN LIMITACIONES
EN CUANTO A LA DURACIÓN DE UNA GARANTÍA IMPLÍCITA, POR LO
PUEDE QUE LA LIMITACIÓN ANTERIOR NO SEA APLICABLE AL
LICENCIATARIO.
ESTAS GARANTÍAS OTORGAN UNOS DERECHOS LEGALES ESPECÍFICOS
AL LICENCIATARIO. EL LICENCIATARIO PUEDE CONTAR ASIMISMO CON
OTROS DERECHOS QUE VARÍAN SEGÚN EL ESTADO O LA JURISDICCIÓN.
LAS GARANTÍAS INCLUIDAS EN LA CLÁUSULA 8 "GARANTÍA Y
EXCLUSIONES" SON OTORGADAS EXCLUSIVAMENTE POR IBM. NO OBSTANTE, LAS
EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD EXPUESTAS EN ESTA CLÁUSULA 8.2
"EXCLUSIONES", SE APLICAN TAMBIÉN A LOS PROVEEDORES DE IBM DEL CÓDIGO DE
TERCEROS. DICHOS PROVEEDORES PROPORCIONAN EL CÓDIGO SIN GARANTÍAS NI
CONDICIONES DE NINGUNA CLASE. ESTE PÁRRAFO NO ANULA LAS OBLIGACIONES DE
GARANTÍA DE IBM ESTABLECIDAS EN ESTE ACUERDO.
9. Datos y Bases de Datos del Licenciatario
Para ayudar al Licenciatario a aislar el origen de un
problema con el Programa, IBM podrá solicitar que el Licenciatario:
1) permita que IBM acceda de forma remota al sistema del
Licenciatario, o 2) envíe información sobre el Licenciatario o datos del
sistema a IBM. No obstante, IBM no está obligada a proporcionar
dicha asistencia a menos que las Partes tengan un acuerdo,
independiente y por escrito, mediante el cual IBM proporcione al
Licenciatario dicho tipo de soporte que no está incluido en las
obligaciones de garantía de IBM en este Acuerdo. En cualquier caso, IBM
utilizará la información sobre errores y problemas para mejorar sus
productos y servicios así como para prestar asistencia con su oferta
de servicios de mantenimiento relacionados. Con esa finalidad,
IBM podrá utilizar a subcontratistas y Empresas IBM (incluyendo
en uno o más países distintos del país en el que se encuentra
el Licenciatario) y el Licenciatario autoriza a IBM para ello.
El Licenciatario permanecerá responsable de: 1) los datos y
contenidos de cualquier base de datos que el Licenciatario ponga a
disposición de IBM, 2) la selección y la implementación de los
procedimientos y controles relacionados con el acceso, seguridad,
encriptación, uso y transmisión de los datos (incluyendo cualquier dato
personal que pueda identificarse), y 3) las copias de seguridad y la
recuperación de cualquier base de datos y de cualquier dato almacenado.
El Licenciatario no enviará a IBM ni le permitirá acceso a
datos personales y permanecerá responsable por cualquier coste
razonable u otras cantidades que IBM tenga que hacer frente en
relación a cualquier información equivocadamente suministrada a IBM,
o a la pérdida o revelación de la misma por IBM, incluso las
originadas de reclamaciones de terceros.
10. Limitación de Responsabilidad
Las limitaciones y exclusiones de esta Cláusula 10
"Limitación de Responsabilidad" se aplicarán en la medida en que no las
prohíba la legislación aplicable sin la posibilidad de una renuncia
contractual.
10.1 Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable
Pueden surgir circunstancias en las cuales, debido a un
incumplimiento de IBM de sus obligaciones contractuales u otra
responsabilidad, el Licenciatario tuviera derecho a reclamar daños a IBM.
Independientemente de las razones por las que el Licenciatario tenga derecho a
reclamar daños a IBM (incluyendo un incumplimiento, negligencia,
falsedad u otra reclamación contractual o extracontractual), la
responsabilidad de IBM por todas las reclamaciones que surjan de, en
relación con, cada Programa o que de otra manera surjan en relación
con este Acuerdo estará limitada únicamente a: 1) los daños
físicos a las personas (incluyendo la muerte) y daños a las
propiedades, y 2) otros daños directos probados hasta el importe de los
cargos (si el Programa está sujeto a cargos de plazo determinado,
hasta el importe de los cargos de doce meses) que ha pagado el
Licenciatario por el Programa que sea objeto de la reclamación.
Este límite se aplica también a cualquier proveedor o
desarrollador de Programas de IBM. Es la cantidad máxima por la que IBM y
sus proveedores y desarrolladores de Programas serán
responsables colectivamente.
10.2 Aspectos por los que IBM No Es Responsable
BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, IBM, SUS PROVEEDORES O
DESARROLLADORES DE PROGRAMAS SERÁN RESPONSABLES, AUNQUE HUBIESEN SIDO
INFORMADOS DE SU POSIBILIDAD, DE:
a. LA PÉRDIDA DE, O DAÑO A LOS DATOS;
b. DAÑOS ESPECIALES, INCIDENTALES, PUNITIVOS, INDIRECTOS O
CUALQUIER DAÑO ECONÓMICO CONSECUENCIAL; O
c. PÉRDIDA DE BENEFICIOS, NEGOCIOS, INGRESOS, PLUSVALÍAS O
ECONOMÍAS PREVISTAS.
11. Verificación
A los efectos de esta Cláusula 11 "Verificación", "Términos
del Programa IPLA" significa: 1) este Acuerdo así como los
Anexos aplicables y los documentos transaccionales proporcionados
por IBM, y 2) las políticas de software de IBM que pueden
encontrarse en el sitio web sobre Políticas de Software de IBM (www.ibm.
com/softwarepolicies), incluyendo pero sin limitarse a las políticas relativas a
las copias de seguridad, condiciones para los precios de
subcapacidad y migración.
Los derechos y obligaciones establecidos en esta Cláusula
11 permanecerán vigentes mientras el Licenciatario tenga una
licencia en vigor para el Programa y durante los dos años siguientes.
11.1 Proceso de Verificación
El Licenciatario acuerda crear, conservar y proporcionar a
IBM y a sus auditores registros escritos precisos, salidas de
las herramientas del sistema y otra información sobre el
sistema suficiente para verificar que el uso de todos los Programas
por parte del Licenciatario se realiza conforme a los Términos
del Programa IPLA, incluyendo, sin limitarse, todos los
términos IBM sobre licencias y de calificación de precios
aplicables. El Licenciatario es responsable de: 1) asegurar que no
excede su Uso Autorizado, y 2) actuar de conformidad con los
Términos del Programa IPLA.
Previa notificación con antelación suficiente, IBM podrá
verificar el cumplimiento por parte del Licenciatario de los Términos
del Programa IPLA en todas las ubicaciones y para todos los
entornos en los que el Licenciatario utilice, con cualquier
finalidad, los Programas sujetos a los Términos del Programa IPLA.
Dicha verificación se realizará de manera que se minimice la
interferencia en la operativa de negocio del Licenciatario, en las
instalaciones del Licenciatario, y durante su horario habitual de
trabajo. IBM podrá utilizar a un auditor independiente para ayudar
en la verificación, siempre que IBM tenga suscrito, por
escrito y con anterioridad, un acuerdo de confidencialidad con
dicho auditor.
11.2 Resolución
IBM notificará al Licenciatario, por escrito, si conforme a
dicha verificación el Licenciatario ha utilizado cualquier
Programa sobrepasando su Uso Autorizado o no ha cumplido de otro
modo con los Términos del Programa IPLA. El Licenciatario
acuerda pagar, a la mayor brevedad posible, directamente a IBM los
cargos que IBM especifique en una factura por: 1) cualquier uso en
exceso, 2) el soporte por dicho uso en exceso durante el periodo
que se ha realizado dicho uso en exceso o por dos años, lo que
sea menor, y 3) cualquier cargo adicional y cualquier otra
responsabilidad que el Cliente esté obligado a pagar como resultado de
dicha verificación.
12. Avisos de Terceros
El Programa puede incluir código de terceros que IBM, no el
tercero, otorga bajo licencia al Licenciatario en virtud de este
Acuerdo. Los avisos, si los hubiera, para el código de terceros,
("Avisos de Terceros") se incluyen únicamente para información del
Licenciatario. Estos avisos pueden encontrarse en los archivos de avisos
del Programa. Se puede encontrar información sobre cómo obtener
un código fuente para determinados códigos de terceros en los
Avisos de Terceros. Si en los Avisos de Terceros, IBM identifica
el código de terceros como "Código de Terceros Modificable",
IBM autoriza al Licenciatario a: 1) modificar el Código de
Terceros Modificable, y 2) realizar técnicas de ingeniería inversa a
los módulos del Programa que se conectan con el Código de
Terceros Modificable, siempre y cuando su única finalidad sea
depurar las modificaciones realizadas por el Licenciatario a dicho
código de terceros. Las obligaciones de servicio y soporte de IBM,
si las hubiera, se aplican únicamente al Programa sin
modificar.
13. General
a. Nada de lo dispuesto en este Acuerdo afectará a los
derechos de los consumidores establecidos por ley que no puedan ser
cancelados o limitados por contrato.
b. En relación con los Programas que IBM proporciona al
Licenciatario de forma tangible, IBM cumple sus obligaciones de envío y
entrega en el momento en que se entreguen dichos Programas al
transportista designado por IBM, salvo que las partes lo acuerden, por
escrito, de otro modo.
c. Si cualquier disposición de este Acuerdo se declara
inválida o no exigible, las disposiciones restantes de este Acuerdo
permanecerán en vigor.
d. El Licenciatario acuerda cumplir todas las leyes y
normas aplicables sobre exportaciones e importaciones, incluyendo
las normativas sobre sanciones y embargo de EE.UU. y las
prohibiciones de exportaciones para ciertos usos o a determinados
usuarios finales.
e. El Licenciatario autoriza a International Business
Machines Corporation y sus filiales (así como a sus sucesores y
cesionarios, contratistas e IBM Business Partners) para almacenar y
utilizar la información de contacto del Licenciatario, en cualquier
lugar en el que desarrollen su actividad empresarial, en relación
a los productos y servicios de IBM, o como consecuencia de la
relación empresarial de IBM con el Licenciatario.
f. Cada parte dará a la otra la oportunidad razonable de
cumplir sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo antes de
reclamar a la otra por un incumplimiento de sus obligaciones
contractuales. Las partes intentarán resolver de buena fe cualesquiera
controversias, desacuerdos o reclamaciones relacionadas con este Acuerdo.
g. Salvo que se establezca de otra manera en la legislación
aplicable, sin posibilidad de renuncia contractual o limitación: 1)
ninguna de las partes interpondrá acción legal alguna,
independientemente de la forma, relacionada con este Acuerdo transcurridos más
de dos años desde que se produjo su causa; y 2) transcurrido
dicho periodo de tiempo, cualquier acción legal que surgiera en
relación con el Acuerdo, así como todos los respectivos derechos
relacionados con dicha acción, prescribirán.
h. Ninguna de las partes será responsable del
incumplimiento de cualquier obligación debido a causas fuera de control.
i. Este Acuerdo no creará derecho alguno o causa de demanda
para ningún tercero, ni IBM será responsable de las
reclamaciones al Cliente de terceros, salvo por lo especificado en la
Cláusula 10.1 "Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable" en
relación con daños a las personas (incluyendo muerte) y a las
propiedades de las que IBM sea legalmente responsable frente a dichos
terceros.
j. Al aceptar los términos de este Acuerdo, ambas partes
acuerdan que no se están basando en ninguna manifestación que no
esté incluida en este Acuerdo, incluyendo pero sin limitarse a
cualquier manifestación en relación con: 1) el rendimiento o
funcionamiento del Programa, distinto del expresamente garantizado en la
Cláusula 8 "Garantía y Exclusiones" ; 2) las experiencias o
recomendaciones de otras partes; o 3) cualquier resultado o ahorro que el
Licenciatario pudiera obtener.
k. IBM tiene firmados acuerdos con determinadas
organizaciones (denominadas "IBM Business Partners") para promocionar,
comercializar y dar soporte a ciertos Programas. Los IBM Business
Partners permanecerán independientes y son distintos de IBM. IBM no
se hace responsable de las acciones o declaraciones de los IBM
Business Partners ni de las obligaciones que éstos hayan contraído
con el Licenciatario.
l. Los términos de indemnización de propiedad intelectual y
de licencia de otros acuerdos del Licenciatario con IBM (como
las Condiciones Generales de IBM) no son de aplicación a las
licencias de Programas concedidas en virtud de este Acuerdo.
14. Ámbito Geográfico y Legislación Aplicable
14.1 Legislación Aplicable
Ambas partes aceptan la aplicación de las leyes del país en
el que el Licenciatario haya obtenido la licencia del Programa
a fin de regir, interpretar y asegurar el cumplimiento de los
derechos, deberes y obligaciones del Licenciatario y de IBM,
respectivamente, que puedan surgir en virtud de, o que estén de cualquier
manera relacionados con este Acuerdo, a pesar de cualquier posible
conflicto de ley.
No se aplican los términos de la Convención de las Naciones
Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Bienes.
14.2 Jurisdicción
Todos los derechos, deberes y obligaciones están sujetos a
los tribunales del país en el que el Licenciatario haya
obtenido la licencia del Programa.
Parte 2 - Condiciones Exclusivas para cada País
Para las licencias otorgadas en los países especificados a
continuación, los siguientes términos sustituyen o modifican los términos
incluidos en la Parte 1. Todos los términos de la Parte 1 que no sean
modificados por estas enmiendas permanecerán sin cambios y en vigor.
Esta Parte 2 se estructura del siguiente modo:
* Enmiendas para varios países de la Parte 1, Cláusula 14
"Legislación Aplicable y Jurisdicción";
* Enmiendas de otros términos del Acuerdo para los países
de América y
* Enmiendas de otros términos del Acuerdo para los países
de Europa, Oriente Medio y África.
Enmiendas para varios países de la Parte 1, Cláusula 14
"Legislación Aplicable y Jurisdicción"
14.1 Legislación Aplicable
La frase "las leyes del país en el que el Licenciatario
haya obtenido la licencia del Programa" en el primer párrafo de
la Cláusula 14.1 "Legislación Aplicable" se sustituye por las
frases siguientes en los países que figuran a continuación:
AMÉRICA
(1) en México: las leyes federales de la República de
México;
(2) en Venezuela: las leyes de la República Bolivariana de
Venezuela;
14.2 Jurisdicción
El siguiente párrafo pertenece al apartado de jurisdicción
y sustituye a la Cláusula 14.2 "Jurisdicción" tal y como se
aplica a los países identificados a continuación:
Todos los derechos, deberes y obligaciones están sometidos
a los tribunales del país en el que el Licenciatario haya
obtenido la licencia del Programa excepto en los países
identificados a continuación, en los que todas las disputas que surjan o
se relacionen con este Acuerdo, incluyendo los procedimientos
sumarios, se presentarán ante y se someterán a la jurisdicción
exclusiva de los siguientes tribunales competentes:
AMÉRICA
(1) en Argentina: el Tribunal de Comercio Ordinario de la
ciudad de Buenos Aires,
(2) en Chile: el Juzgado de lo Civil de Santiago;
(3) en Ecuador: los jueces de lo civil de Quito para los
procesos sumarios o ejecutivos (según sea el caso);
(4) en México: los tribunales ubicados en Ciudad de México,
Distrito Federal;
(5) en Perú: los jueces y tribunales del distrito judicial
de Lima, Cercado;
(6) en Uruguay: los tribunales de la ciudad de Montevideo; y
(7) en Venezuela: los tribunales del área metropolitana de
la ciudad de Caracas.
EUROPA, ORIENTE MEDIO Y ÁFRICA
(8) en España: los tribunales de Madrid.
ENMIENDAS PARA LOS PAÍSES DE AMÉRICA
PERÚ
10. Limitación de Responsabilidad
Se añade lo siguiente al final de la Cláusula 10
"Limitación de Responsabilidad":
Salvo que la legislación lo requiera expresamente sin
posibilidad de renuncia contractual, el Licenciatario e IBM tienen la
intención de que la limitación de responsabilidad expuesta en esta
cláusula "Limitación de Responsabilidad" se aplique a los daños
causados por todo tipo de reclamaciones y causa de acción. En el
caso que un tribunal competente declare no exigible cualquier
limitación o exclusión de responsabilidad de esta cláusula con
respecto a una reclamación o derecho de iniciar acciones legales
concreto, las partes tienen la intención de que se aplique a todas
las demás reclamaciones y derechos de iniciar acciones legales
hasta el grado máximo que permita la legislación aplicable.
10.1 Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable
Se añade lo siguiente al final de la Cláusula 10.1:
De conformidad con el Artículo 1328 del Código Civil de
Perú, las limitaciones y exclusiones especificadas en este
apartado no se aplicarán a los daños causados por conducta indebida
intencionada ("dolo") o negligencia grave ("culpa inexcusable") por
parte de IBM.
ENMIENDAS PARA LOS PAÍSES DE EUROPA, ORIENTE MEDIO, ÁFRICA
(EMEA)
ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA
8. Garantía y Exclusiones
Se añade lo siguiente a la Cláusula 8 "Garantía y
Exclusiones":
En la Unión Europea ("EU"), los consumidores tienen
derechos legales en virtud de la legislación nacional aplicable que
rija la venta de bienes de consumo. Tales derechos no se ven
afectados por las disposiciones expuestas en esta Cláusula 8
"Garantía y Exclusiones". El ámbito territorial de la Garantía
Limitada es todo el mundo.
13. General
Lo siguiente sustituye a la Cláusula 13.e:
(1) Definiciones - A los efectos de esta Cláusula 13.e , se
aplicarán las siguientes definiciones adicionales:
(a) Información Comercial de Contacto - se entenderá como
los datos de contacto relacionados al negocio, revelados a IBM
por el Licenciatario, incluyendo nombres, puestos de trabajo,
dirección profesional, números de teléfono y direcciones de correo
electrónico de los empleados y contratistas del Licenciatario. Para
Austria, Italia y Suiza, la Información Comercial de Contacto
incluye también información sobre el Licenciatario y sus
contratistas como entidades legales (por ejemplo, datos sobre los
ingresos del Licenciatario y otra información transaccional)
(b) Personal Comercial de Contacto - se entenderá como los
empleados y contratistas del Licenciatario a los cuales se
proporciona la Información Comercial de Contacto.
(c) Autoridad de Protección de Datos - se entenderá como la
autoridad establecida por la Legislación de Protección de Datos y
Comunicaciones Electrónicas en el país aplicable o, para los países que no
formen parte de la UE, la autoridad responsable de supervisar la
protección de los datos personales en dichos países o (para cualquiera
de los anteriores) cualquier entidad debidamente designada
para ello con posterioridad.
(d) Legislación de Protección de Datos y Comunicaciones
Electrónicas - es: (i) la legislación nacional específica relacionada a
la Directiva 46/95/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos, y Directiva
58/2002/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de
2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la
protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones
electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones
electrónicas); o (ii) para los países que no pertenezcan a la UE,
significará la legislación específica relevante aplicable en el
respectivo país relacionada con el uso y protección de datos de
carácter personal y la intimidad en las comunicaciones electrónicas,
incluyendo (para cualquiera de los anteriores) cualquier normativa
posterior que las sustituya o modifique.
(e) Grupo IBM - International Business Machines
Corporation, ubicada en Armonk, Nueva York, EE.UU., sus subsidiarias así
como sus respectivos Business Partners y subcontratistas.
(2) El Licenciatario autoriza a IBM para:
(a) procesar y utilizar la Información Comercial de
Contacto dentro del Grupo IBM en beneficio del Licenciatario,
incluyendo la prestación de servicios de soporte y con el fin de
gestionar la relación empresarial entre el Licenciatario y el Grupo
IBM, incluyendo, sin limitarse, a contactar con el Personal
Comercial de Contacto (por correo electrónico o por otra vía) así
como el marketing de productos y servicios del Grupo IBM (la
"Finalidad Específica"); y
(b) revelar la Información Comercial de Contacto a otros
miembros del Grupo IBM únicamente a los efectos de la Finalidad
Específica.
(3) IBM acuerda que toda Información Comercial de Contacto
se procesará de conformidad con la Legislación de Protección
de Datos y Comunicaciones Electrónicas y se utilizará
únicamente para la Finalidad Específica.
(4) El Licenciatario declara que, antes de proporcionar a
IBM la Información Comercial de Contacto, ha obtenido o deberá
obtener, cuando así lo requiera la Legislación de Protección de
Datos y Comunicaciones Electrónicas, el consentimiento del
Personal Comercial de Contacto, asimismo confirma que ha enviado o
enviará las notificaciones pertinentes a dicho Personal Comercial
de Contacto, de manera que el Grupo IBM esté facultado para
procesar o usar la Información Comercial de Contacto para contactar
con ellos para la Finalidad Especificada.
(5) El Licenciatario consiente que IBM transfiera la
Información Comercial de Contacto fuera del Espacio Económico Europeo,
siempre y cuando dicha transferencia se realice bajo los términos
contractuales aprobados por la Autoridad de Protección de Datos o por
otra parte que la Legislación de Protección de Datos y
Comunicaciones Electrónicas permita la transferencia.
Z125-3301-14 (07/2011)